Es necesario reflexionar sobre la urgencia de una nueva Ley de Cine en Cuba.

Desde el jueves 16 de junio el proveedor de televisión satelital Dish, que cuenta con 14 millones de subscriptores en todo el país y transmite alrededor de 250 canales con programación internacional, lanzó al mercado estadounidense Cubamax TV, su nuevo canal de cultura y entretenimiento para la franja de millones de emigrados cubanos y latinos residentes en Estados Unidos.

Cubamax TV será accesible a través de Dish Latino para suscriptores de pago nuevos y existentes, a través de los siguientes paquetes de programación: Clasico, Plus, Dos, Max y Bonus Pack, y próximamente a través de su plataforma de internet Sling TV.

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Este acuerdo permitirá ofrecer por primera vez a su audiencia de pago una programación de 24 horas diarias con obras audiovisuales producidas en Cuba.

El anuncio es el colofón de una reciente ola de redireccionamiento hacia Cuba de las industrias del entretenimiento en los Estados Unidos, algo impensable solo unos años atrás.

Para las grandes cadenas de televisión y los estudios de cine de Hollywood su expansión de contenido único generado desde la mayor isla de las Antillas es un tesoro de valor incalculable, pues como decía la revista Variety ante el anuncio de filmar la saga de “Fast and Furious 8”, hay una serie de ventajas al filmar en Cuba más allá del interés popular en la isla:

“Cuba tiene una variedad de incentivos que podrían atraer a los cineastas, desde sus playas a sus montañas tropicales, así como carreteras, líneas de ferrocarril e infraestructura de transporte. El país también tiene una industria del entretenimiento y del cine muy sólida, y sets artificiales o naturales, además de contar con profesionales muy capacitados. La comida es barata y la mano de obra es sustancialmente menos costosa de lo que sería en los Estados Unidos.”

HAVANAWOOD

Como decíamos en este mismo blog en un artículo del pasado enero que hacía referencia a Variety, The Hollywood Reporter y Entertainment Weekly sobre este fenómeno que hoy se ha dado en llamar “Havanawood”:

cubamax_1”Después de que muchas restricciones al embargo comercial de más de cinco décadas de duración fueron levantadas, Conan O’Brien ha realizado episodios de su programa nocturno en La Habana. También el showtime “House of Lies” ha anunciado planes para filmar partes de su quinta temporada en el país, y Vanity Fair envió a Rihanna y a la famosa fotógrafa Annie Leibovitz a esa nación para obtener imágenes de la estrella del pop dando miradas sensuales en ralentí por los coches de la era Eisenhower. Netflix también ha anunciado sus planes de lanzar un servicio de streaming en el país, a pesar de su mala conectividad a Internet.”

“Cuba es una tierra que muchos conocen, pero pocos han visto” dijo John Kavulich, asesor principal de políticas del Consejo Económico y Comercial EEUU-Cuba. “Estas producciones son la esperanza de capitalizar el creciente interés en Cuba.”

Solo en el apartado de la televisión Discovery Chanel lanzó la serie “Cuban Chrome” sobre el parque de viejos autos norteamericanos que aun circulan mayoritariamente por la isla, las hermanas Kardashians han grabado parte de su rankeado reality show, The Rolling Stones hizo el mayor y más complejo -técnica y logísticamente hablando- show musical masivo que se haya visto jamás en suelo cubano y que se convertirá en un BluRay de uso comercial filmado y producido por la premiada compañía de producción JA Digital con Paul Dugdale como director y Simon Fisher y Sam Bridger como productores. JA Digital tiene entre sus producciones otros conciertos en vivo de esta banda y de Coldplay, así como el especial de una hora para el lanzamiento de la temporada 2 de “Games of Thrones”.

fast furious_4En el caso del cine, la filmación de “Fast and Furious 8” de Universal Pictures fue todo un suceso, seguida por la inserción inmediata de La Habana como locación de varias escenas para otra gran mega producción hollywoodense de Paramount: “Transformer”.

Según Roberto Smith, director del Instituto de Cine en Cuba, a la prensa oficial del país, existen otros proyectos en negociación, que “se utilizarán, como ocurre con todos los ingresos de los servicios a la producción, en el sistema de la cultura y en el cine nacional, tanto para la producción de nuestras películas, como para el fortalecimiento de la capacidad industrial del cine cubano.”

cubamax_5Las más grandes firmas comerciales del mundo han aprovechado el momento, con estrategias de publicidad en fotos, audiovisuales y performances dirigidas al nuevo y virginal entorno caribeño: Chanel hizo un fastuoso desfile en la pasarela natural del Paseo del Prado para el lanzamiento de su colección Crucero, la marca de autos Audi lanza en La Habana el último modelo de su familia Audi Q, así como también la cerveza Miller Lite hace su entrada triunfal en la isla con una campaña promocional de gran presupuesto.

La Habana ha visto pasar por sus calles, escuelas de arte y cine, instituciones culturales y sus paladares a decenas de grandes figuras del espectáculo musical, televisivo o cinematográfico, como Usher, Paris Hilton, Ethan Howke, Vin Diesel, Michele Rodriguez, Charlize Theron, Sigourney Weaver y más recientemente Zoe Zaldaña, que deseó festejar su cumpleaños en Cuba.

Pero mucho antes de todo este boom comprensible y grato, ya la televisora estadounidense HBO había realizado dos documentales sobre temas cubanos que presentaron sus directivos durante el pasado 37 Festival Internacional del Nuevo Cine de La Habana, donde también se realizaron talleres e intercambios culturales-educativos patrocinados por Sundance, la Motion Picture Association of America (MPAA) y Pixar, con la presencia de renombrados actores, directores, músicos, productores y CEO de Hollywood, pero que también colaboran con el cine independiente.

EL NUEVO CANAL CUBAMAX TV

Ahora, tras las modificaciones realizadas por Obama a muchas regulaciones en materia comercial, aparece Cubamax TV en vínculo público con DishLatino en Estados Unidos y RTV Comercial en Cuba.

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Este escenario -que no es nuevo, pero ya de dominio público- cambia completamente el panorama dentro del contexto de las relaciones contractuales entre los realizadores audiovisuales cubanos, sus obras y las instituciones culturales.

Ya no es, como decía el Presidente del ICAIC Roberto Smith, brindar servicios a la producción extranjera para “incrementar las oportunidades de empleo para los técnicos y artistas cubanos”. Estamos hablando de contenido original generado por artistas del audiovisual cubanos para canales de pago norteamericanos que tienen millones de clientes a lo largo de Estados Unidos, y que por su trasmisión generan derechos de autor reconocidos universalmente.

Como diría en un artículo de su blog el crítico de cine Juan Antonio García Borrero:

”Lamentablemente, hay en nuestro gremio una carencia bastante notable de lo que pudiéramos llamar cultura jurídica asociada a la actividad cultural. Pienso, por ejemplo, en lo que aprecio en el contexto de la UNEAC, donde por lo general sus miembros van inmersos en la producción individual, sin preguntarse hasta qué punto esos bienes que se producen están realmente protegidos en estos nuevos contextos que nos ha tocado vivir.”

LA LEY DE DERECHO DE AUTOR EN CUBA

cubamax_6Es necesario destacar que la Ley 14 de 1977 es la principal regente del Derecho de Autor en la legislación cubana, y en sus secciones y artículos se dice:

Del Derecho de Autor sobre las Obras Cinematográficas

ARTÍCULO 23: El derecho de autor sobre una obra cinematográfica pertenece a la empresa o entidad que la haya producido. Sin perjuicio de este principio, el director o realizador y aquellas otras personas cuya colaboración en la creación de la obra cinematográfica sea muy relevante, ejercen el derecho de autor sobre sus respectivas contribuciones mediante los contratos que al efecto suscriban con la empresa o entidad productora.

Del Derecho de Autor sobre las Emisiones de Radio y Televisión y los Filmes Producidos Expresamente para la Televisión

ARTÍCULO 24: El derecho de autor sobre las emisiones de radio o televisión, o sobre los filmes producidos expresamente para la televisión, pertenece a las entidades emisoras que los realicen, pero el derecho de autor sobre las diferentes obras incluidas en esas emisiones o filmes pertenece a sus respectivos autores, que lo ejercen mediante los contratos que a esos efectos se suscriban.

De los contratos para la utilización de las obras

ARTÍCULO 29: Todo contrato para la utilización de una obra debe estipular, fundamentalmente, los nombres de las partes contractuales, el título de la obra, el derecho cedido, el término de la cesión, la forma y el grado de utilización de la obra y la cuantía y los plazos para hacer efectiva la remuneración correspondiente, así como la determinación de las condiciones y los casos en los que el autor puede o no ceder su obra a terceras personas, para su utilización total o parcial, durante la vigencia del contrato.

ARTÍCULO 30: Todo contrato para la utilización de una obra debe ser concertado por escrito.

Del Contrato de Creación de una Obra por Encargo

ARTÍCULO 35: Mediante el contrato de creación de una obra, el autor se compromete a crear una obra por encargo de determinada entidad, y otorga su consentimiento para la utilización de la misma, en la forma, bajo las condiciones y con la remuneración que en el contrato se estipulen.

De la representación y la utilización de una obra cubana en el extranjero

ARTÍCULO 42: El derecho a representar a un autor cubano en el extranjero, así como la cesión por parte de un autor cubano de cualquier derecho de utilización de una de sus obras en el extranjero, sólo pueden tramitarse y formalizarse por intermedio de la entidad cubana especialmente autorizada a esos fines.

VIEJAS DEMANDAS

Como rememoramos en el post de este blog “G-20: seguir y seguir reuniéndose”, en el año 2007, como parte de los reclamos que los cineastas cubanos elaborábamos para presentar al 7mo Congreso de la UNEAC, se dirigía una carta a los directivos de la institución ICAIC donde se señalaba que:

cubamax_7“la situación de los Derechos de Autor dentro del ICAIC ha visto acumular dudas e insatisfacciones, la mayoría de las cuales encontrarían respuesta dentro de la legislación vigente (…) Como simple ejemplo de la situación actual, mencionemos que la “Resolución 72 del 2003”, que establece importantes lineamientos en el sentido de nuestras inquietudes (derechos de taquilla y sobre cualquier soporte de comercialización, etc.), era absolutamente desconocida en nuestros predios hasta hace apenas unos días”.

Se refería muy concretamente a la situación de que el ICRT disponía indiscriminadamente en su programación nacional por los canales locales, y mundial por Cubavision Internacional, de muchos materiales generados por el ICAIC (filmes de ficción, documentales o animados…), así como también el de otras instituciones del audiovisual y cineastas independientes.

Se proponían soluciones para:

“1) Remuneración por concepto de exhibición y comercialización, 2) Período de Cesión de Derechos, 3) Mecanismos transparentes y dinámicos de verificación de la taquilla y la comercialización así como de la retribución automática de lo pactado por este concepto, 4) Mecanismos transparentes, dinámicos y de aplicación automática para la retribución de los Derechos de Autor de nuestra Obras exhibidas por la TV, 5) Revisión de las tarifas en moneda nacional para los Guionistas y Directores, 6) Necesidad de implementar una Agencia de Gestión Audiovisual para los Derechos de Autor y 7) Necesidad de implementar vías que permitan a los Creadores Independientes establecer vínculos contractuales con Instituciones, sin perjuicio de sus derechos como Productores de su Obra.”

Más concretamente, se reclamaba:

Los Guionistas y Directores entendemos la necesidad de una Cesión en Exclusiva para que el Productor pueda ejercer todos los derechos en la difusión y comercialización de esa Obra, y como vía de ingresar fondos con ese ejercicio. Pero ello no exime al ICAIC, ni a ningún Coproductor, ni a ninguna otra entidad exhibidora y/o mediadora, del cumplimiento de los por cientos que, por concepto de Derecho de Autor, deben ser acordados previamente con sus Titulares. En los Contratos Autorales del ICRT, aunque también tiene lugar esta Cesión, el artículo 16 de la R-23 en vigor especifica expresamente que, en caso de comercialización de la obra, media para los Autores el derecho a una remuneración no inferior al 10% sobre el total de su venta. Pero no deben confundirse aquí los derechos recaudados por la SGAE, de estos por los que estamos abogando, y que están directamente relacionados con la R-72 que, en sus artículos 8, 14,15 y en sus disposiciones SEGUNDA y TERCERA, deja claramente establecido nuestro derecho a ser remunerados a partir de los ingresos que se generen por concepto de taquilla, televisivos o derivados de la comercialización en cualquier soporte. En cuanto al periodo de cesión de derechos, retomamos como precedente la aplicación de la R-23 del ICRT que establece este período de vigencia entre 4 y 8 años. Esto no afecta la capacidad del Productor de disponer de la obra producida, pero permite al Autor del Guión y del Argumento a reutilizar y/o reconveniar el ejercicio del derecho sobre su creación.”

Concluido el Congreso de la UNEAC, se pudo observar un progreso factual a estas reclamaciones con la asimilación de los creadores audiovisuales por la Asociación Cubana del Derecho de Autor Musical (ACDAM) y el pago retroactivo de sus remuneraciones como autores por la trasmisión de sus obras. Es una situación solventada y que, al parecer, se mantiene vigente.

Como dato interesante, resultó curioso que a partir de esa fecha la programación de la Televisión Cubana comenzara a disminuir progresivamente el uso de materiales del ICAIC.

Estamos recapitulando precedentes de reclamos jurídicos de hace 10 años, donde el mercado de Estados Unidos estaba vedado y aparentemente no considerado, y con relaciones económicas que Cuba ha tenido que reestructurar y seguir reestructurando para dar paso, incluso, a pequeñas empresas de propiedad no estatal, que premonitoriamente ya en esos acuerdos de 2007 se reclamaba su adecuación legal:

Los creadores Independientes son un sector crucial en el audiovisual actual. (…) Nuestra propuesta concreta es valorar esta situación y crear las bases para que, sin perjuicio de sus derechos como Autores-Productores de una Obra Independiente, los mismos dispongan de un marco legal apropiado para tramitarla con las Instituciones con capacidad de emisión y/o comercialización, mediando la remuneración correspondiente.”

SITUACION ACTUAL DE LOS DERECHOS DE AUTOR EN EL AUDIOVISUAL CUBANO

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En el pasado 37 Festival Internacional de Cine de La Habana se hizo una conferencia sobre asuntos legales relacionados no únicamente con el audiovisual de la Isla, sino también con el resto de la cinematografía mundial, donde hablaron el español José Luis Acosta, presidente de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), el estadounidense Duncan Crabtree-Ireland, jefe de operaciones y asesor general de SAG-AFTRA y el abogado cubano Yanko Martínez, en representación de la Asociación Cubana de Derechos de Autor Musical (ACDAM).

Según el especialista cubano, la ACDAM se ocupa en su mayoría de las creaciones musicales cuyas recaudaciones de autores cubanos en el extranjero “se logran a través de entidades homólogas y de representación recíproca”. También aclaró que en la actualidad la Asociación Cubana de Derechos de Autor Musical (ACDAM) busca una estructura para regular las obras audiovisuales, pero que “por ahora, no se está realizando una acción de proyección internacional, solo en Cuba”.

Es bueno significar que a falta de una acción por parte de la entidad cubana, la mayoría de la gestión de derechos de autor de artistas audiovisuales cubanos se realiza por intermedio de la SGAE, con representación en muchos países, incluyendo los Estados Unidos, donde su actual sede radica precisamente en Miami.

UN ANTECEDENTE CONOCIDO

Volviendo al caso actual de Cubamax TV de DishLatino, según El Nuevo Herald e InCubaToday, Idaobex Living es una empresa española que se dedica a la compra y venta de derechos sobre contenidos audiovisuales y creó el 22 de diciembre de 2015 una sucursal en Miami de nombre Idaobex Living LLC, que se encargará de la administración del canal, al frente de la cual se encuentra la actriz cubana Amarilys Núñez.

Según Miguel Martín López, representante de Idaobex Living, la misma adquirió los derechos de los contenidos para el nuevo canal y, según Havanatimes, su filial en Miami de Cubamax TV se encargará de importar, seleccionar y presentar los paquetes de la programación que ofrecerá a DishLatino.

Alfredo Rodríguez, vice presidente de DishLatino, dijo que su empresa cuenta con todos los permisos gubernamentales necesarios para trasmitir los contenidos producidos en Cuba y, según Martín, CubaMax TV ya tiene los derechos de 200 películas cubanas.

La programación diaria incluirá dos películas y hasta tres telenovelas al día y, según los promotores del nuevo canal, su contenido no será político.

También según Miguel Martin a El Nuevo Herald, su compañía “filtrará el contenido” con “mucho cuidado para no ofender a nadie”.

cubamax_11Sin embargo, según publica el Portal de la TV Cubana, es su filial RTV Comercial quien “seleccionará los contenidos para el nuevo  canal” y que “tiene listos para transmitir el multipremiado filme “Conducta”, de  Ernesto Daranas; la serie policial “UNO”, bajo la dirección de Roly Peña, la excelente propuesta ambientalista “Habitat” de Randol Menéndez; el filme “Esteban”, de Jonal Cosculluela  y otro importante conjunto de piezas, algunas realizadas años atrás pero que por su contenido  pueden resultar no sólo entretenidas sino útiles a la hora de brindar una imagen real y diversa de Cuba.”

Pero indagando en internet no fue difícil descubrir que Cubamax TV tal parece ser el reciclaje de Cubaplay Television, otro canal que ofrece idéntico contenido desde 2011 a través de Olympusat, compañía afiliada a Ocean Communications inc, una empresa con sede en West Palm Beach que se dedica a la distribución de canales independientes para el mercado latino de Estados Unidos y Puerto Rico.

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Según un reportaje del sitio Cafefuerte de noviembre de 2010 sobre el lanzamiento de Cubaplay Television en el mercado de Estados Unidos, cuando las relaciones económicas estaban recrudecidas por el embargo:

“La presentación de programas televisivos de Cuba en Estados Unidos está amparada por la llamada Enmienda Berman, de 1989, que permite a ciudadanos norteamericanos adquirir obras de arte y materiales informativos como excepción al embargo, amparándose en derechos constitucionales.”

Con idénticas palabras a las utilizadas recientemente por Miguel Martin López sobre Cubamax TV para la periodista Nora Gámez de El Nuevo Herald, la página de twitter de la añeja Cubaplay TV (@cubaplaytv) reza:

“El canal con programación 100% cubana seleccionadamente cuidadosamente, libre de cualquier afiliación política o influencia ideológica del gobierno cubano.”

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Resulta lógico pensar -ya que en Estados Unidos ningún canal de cable o público ofrece ningún material en su programación que no esté protegido por sus respectivos “releases” o “documentos de liberación de derechos”– que todo lo que ofrece Cubamax TV está debidamente informado y contractualizado con sus respetivos autores bajo las nuevas circunstancias económicas del país.

Posiblemente RTV Comercial siga asumiendo en exclusividad –lo hace desde hace muchos años- el rol de “entidad de representación” de los realizadores audiovisuales cubanos, ya que la UNEAC y el Movimiento Nacional de Video dejaron de asumir esa labor para sus miembros por circunstancias desconocidas.

Ya desde el Congreso Nacional de la UNEAC de 2007 muchos delegados denunciamos el carácter inútil –pues la mayoría de las gestiones las realizaba el propio autor- de estas firmas de representación. En aquella ocasión, en una de las sesiones sobre Economía de la Cultura, Zenaida Romeu dedicó duras palabras a las entidades de gestión que trabajan para el sector musical y un servidor abundó sobre las del audiovisual, coincidiendo ambos en las dacronianas tajadas (basadas en un porciento) que retenían a su favor sobre las remuneraciones pactadas con sus clientes por los realizadores quienes, de paso, debían pagar impuestos a posteriori al Estado.

En el tráiler de Cubamax TV de Dish Latino pueden apreciarse filmes y cortometrajes realizados de manera independiente y algunas obras con vínculos el ICAIC y/o a RTV Comercial. ELCINEESCORTAR se puso en contacto con algunos cineastas cubanos, del documental o de la ficción, y pocos conocían esta nueva realidad donde sus obras podrían ser exhibidas desde el pasado jueves en Estados Unidos.

https://www.youtube.com/watch?v=nsTGQB0JzaI

LA NECESIDAD DE UNA NUEVA LEY DE CINE EN CUBA

Documentos G20A lo largo de estos tres últimos años, el Comité de Cineastas Cubanos o G-20 ha trabajado y exigido respuestas, sin muchos resultados, sobre los siguientes puntos:

1) el reconocimiento de la condición laboral del creador audiovisual

2) la legalización de las productoras independientes

3) la creación de un Fondo de Desarrollo Cinematográfico que brinde oportunidades equitativas a todos los creadores

4) la necesaria transformación de las estructuras del ICAIC

5) iniciar estudios para una futura Ley de Cine “que recoja estos y otros cambios, dé coherencia cultural y legal a todo el sistema cinematográfico y audiovisual del país en consonancia con las nuevas realidades, y permita al Estado renovar y fijar sus metas de apoyo, protección y promoción del arte cinematográfico, como lo hizo en marzo de 1959.”

En su última declaración dicen que no se ha dado contestación a ninguno de sus reclamos.

Arturo ArangoPara el escritor, guionista y ex-miembro del G-20 Arturo Arango, después del 17D se abrió un escenario inédito para el audiovisual cubano, pues aunque desde siempre productoras extranjeras han venido a rodar en Cuba, la entrada de Hollywood con sus grandes superproducciones y franquicias televisivas ha ocurrido justamente cuando el cine cubano y sus cineastas se encuentran menos favorecidos:

“Las ventajas pudieran ser mayores si tuviésemos un cuerpo legal que nos protegiera. (…) O si existieran comisiones fílmicas encargadas, incluso, de atraer esos rodajes, negociar los pagos por el uso de los espacios y, aún más, si esos ingresos, o una parte de ellos, se reinvirtieran en el audiovisual cubano.”

Habría ahora que añadir, con la puesta en marcha de este canal en distribuidoras de pago en Estados Unidos, una nueva condición a este reclamo urgente por una nueva Ley de Cine en Cuba: la gestión de derechos de autor para los realizadores cubanos, sobre todo para los cineastas independientes que no están amparados por una legislación que les de estatus como entidades naturales y/o jurídicas, capaces de gestionar y cobrar con autonomía sus derechos, y establecer relaciones contractuales sin mediadores con instituciones cubanas y extranjeras.

Según declaraciones de Miguel Martín al diario del sur de la Florida El Nuevo Herald:

“el 60 por ciento del contenido proviene de la comercializadora estatal de audiovisuales cubanos RTV Comercial y el resto son documentales que ha sido expuestos en la Muestra de Nuevos Realizadores Cubanos, por ejemplo, o películas, muchas filmadas al margen del estatal Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos (ICAIC), o incluso fuera del país.”

Y agrega: “hemos incluido documentales de Los Aldeanos, por ejemplo, un grupo de raperos contestario cubano, y documentales independientes”.

También según El Nuevo Herald, en palabras de Alfredo Rodríguez, vicepresidente de Dish Latino, hay mucha calidad en los videos musicales que ha visto recientemente durante el periodo de pruebas y alabó a artistas que, a su juicio, “ya están listos para prime time”.

Estas afirmaciones conllevan a  algunas preguntas necesarias:

  1. ¿Cómo pueden gestionarse justos acuerdos contractuales de exhibición para obras de realizadores audiovisuales independientes que no están amparados legalmente -en la figura del creador audiovisual- como entidades naturales o jurídicas autónomas, tal y como reclama el G-20?
  2. ¿Cómo se gestionan sus derechos de autor en Cuba y se les protege de que les paguen remuneraciones razonables, si la ACDAM no está realizando una acción de proyección internacional?

cubamax_16En el artículo “Reforma del cine en Cuba: hay ruido, ¿habrá nueces?” de la revista digital OnCuba Magazine, la directora Rebeca Chávez expresaba:

“Hay acciones o mecanismos que bien podían haber empezado a funcionar, al menos como experimento. (…) Solo falta voluntad de política cultural”.

El director y Premio Nacional de Cine Fernando Pérez, refiriéndose a la figura del creador audiovisual independiente, reflexionaba:

“Los cineastas y productoras independientes trabajan, hacen películas; pero se mantienen en un limbo de alegalidad. Es una situación que adquiere características parasicológicas: existen, pero no existen.”

Sin embargo, el asunto de cualquier reclamación de derechos entre Estados Unidos y Cuba es muchísimo más complicado que todo lo expuesto:

  1. en Cuba se exhibe desde hace más de medio siglo por la Televisión Cubana y en las salas cinematográficas que programa la Distribuidora ICAIC, sin que sean conocidos pagos de derechos de autor, mucho material televisivo y fílmico de las cadenas de televisión y cine de Estados Unidos.
  2. el Estado no regula, al no prohibirlo y declararlo ilegal explícitamente, la actividad de cuentapropistas que se dedican a la venta de CD y DVD piratas -o el conocido Paquete Semanal- de música y contenido audiovisual generado en todo el mundo, incluyendo también aquellos  creados por el ICAIC, las productoras independientes  o la propia televisión nacional.

Hay que reiterar el reclamo del G-20 para poner todas las piezas en su lugar, como debe hacer una renovada Ley de Cine: “dar coherencia cultural y legal a todo el sistema cinematográfico y audiovisual del país en consonancia con las nuevas realidades”.

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Según la última carta del G-20 a los cineastas cubanos “una nueva etapa se acaba de abrir con la aprobación en el recién finalizado VII Congreso del Partido de un lineamiento para la ‘culminación e implementación de la transformación del cine, el audiovisual y el ICAIC”.

Según el sitio Cubadebate, la implementación de estos nuevos lineamientos forma parte de un programa de desarrollo social hasta el año 2030, siguiendo el axioma de “sin prisa pero sin pausa”.

El G-20 debe estar en ascuas: Cubamax TV y DishLatino al parecer han logrado, sin pausas pero con prisa, ganar gran parte de la batalla de sus reclamos y, consecuentemente, abrir el camino expedito a la urgente y necesaria nueva Ley de Cine en Cuba.

2 thoughts on “La insoportable levedad de la nueva Ley de Cine en Cuba”

  1. Un trabajo bien extenso y documentado, pero que deja más incógnitas. ¿Existen estadísticas que permitan seguir la comercialización de obras audiovisuales cubanas, y saber cuánto suman y a dónde van los dineros por concepto de derechos de autor? Lo importante es que sigue sin definirse en la Isla legalmente el derecho y la posición jurídica de realizadores de audiovisuales. Los productores foráneos, ahora ya los de Hollywood, llegan con sus proyectos y sus dineros, y contratan ¿a través de quién? algún personal técnico. ¿Bajo qué condiciones? A la hora de explotar las obras locales ya realizadas, «el cuartico está igualito», como explica Manolito: RTV Comercial sigue siendo el único intermediario… ¿Y a dónde va a parar el producto de ventas y licencias? Padecen las autoridades de la Isla de la misma enfermedad que se dio muy extendida en la antigua Unión Soviética durante la época de la «Reconstrucción» (más popularmente, Perestroika) y que se llamó inmovilismo, y que consistía en dejar que las realidades pasaran por encima de las gentes mientras que los funcionarios se aferraban a la inmovilidad, es decir, a no aceptar los cambios. Tal parece que acá esta ocurriendo lo mismo, y los encargados de adecuar el funcionamiento legal de la sociedad pretenden que todo siga funcionando como cuando la Isla estaba totalmente aislada del mundo comercial, y se pretendía que todo fuera gratuito y por «amor al arte». Don Dinero ha entrado a la realidad de la Isla y los cambios inevitables crearán una situación de caos muy difícil para los que no están directamente vinculados a la estructura de poder… Y cuidado, no sea que hasta estas estructuras resulten barridas…

  2. Excelente trabajo Manolito! Una lástima que la tan necesaria Ley de Cine se pierda en el limbo con toda esta «moda» cultural, más preocupada -mi opinión- en buscar divisas que en proteger a los cineastas y sus obras. Pero las modas no dictan leyes, veremos qué sucede en el futuro… por el momento -parafraseo a Kundera también- es insoportablemente leve… y lejana.
    Susana Miguel

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